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Ley Nº 26.485 - Ley de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales.

País/Territorio
Argentina
Tipo de documento
Legislación
Fecha
2009
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Boletín Oficial Nº 31.632, 14 de abril de 2009, pág. 1.
Materia
Alimentación y nutrición, Tierra y suelos
Palabra clave
Género Salud pública Tenencia de tierras
Área geográphica
Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur
Resumen

La presente Ley establece normas de orden público cuya finalidad consiste en la eliminación de la discriminación entre mujeres y varones en todos los órdenes de la vida, así como la remoción de patrones socioculturales que promueven y sostienen la desigualdad de género y las relaciones de poder sobre las mujeres. La Ley garantiza los derechos fundamentales reconocidos a nivel internacional, incluidos el derecho a la salud y a la integridad física y económica o patrimonial. Se define como violencia contra la mujer de orden económico y patrimonial a aquella que ocasiona un menoscabo en los recursos económicos o patrimoniales de la mujer, a través de: a) la perturbación de la posesión, tenencia o propiedad de sus bienes; b) la pérdida, sustracción, destrucción, retención o distracción indebida de objetos, instrumentos de trabajo, documentos personales, bienes, valores y derechos patrimoniales; c) la limitación de los recursos económicos destinados a satisfacer sus necesidades o privación de los medios indispensables para vivir una vida digna; d) la limitación o control de sus ingresos, así como la percepción de un salario menor por igual tarea, dentro de un mismo lugar de trabajo.

Texto completo
Español
Página web
www.infoleg.gov.ar