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Ley Nº 24.696 - Declárase de interés nacional el control y erradicación de la enfermedad reconocida como Brucelosis (Brucella Abortus) en las especies bovina, suina, caprina y otras en todo el Territorio Nacional.

País/Territorio
Argentina
Tipo de documento
Legislación
Fecha
1996
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Boletín Oficial Nº 28.492, 3 de octubre de 1996, pág. 2.
Materia
Ganado
Palabra clave
Sanidad animal Plagas/enfermedades Bovinos Ovinos/caprinos Porcinos Institución
Área geográphica
Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur
Resumen

La presente Ley establece los principios y reglas generales el control y erradicación de la enfermedad reconocida como Brucelosis en las especies bovina, suina, caprina y otras en todo el territorio nacional. A tal efecto se crea la Comisión Nacional para la lucha contra la brucelosis. La Ley establece la obligatoriedad de denuncia de la enfermedad, debiendo los animales reaccionantes positivos detectados de cualquier especie ser certificados con documentación especial establecida por el Servicio Nacional de Sanidad Animal para tal fin, y eliminarse con destino distinto al de la producción.

Texto completo
Español
Página web
www.infoleg.gov.ar

Referencias - Legislación

Implementado por

Resolución Nº 150/2002 - Restablécese el Programa de Control y Erradicación de la Brucelosis Bovina en todo el país. Exigencias mínimas de cumplimiento. Vacunación antibrucélica obligatoria bajo el sistema de simultaneidad con las campañas de vacunación antiaftosa.

Legislación | Argentina | 2002

Palabra clave: Sanidad animal, Plagas/enfermedades, Bovinos, Vacunación

Fuente: FAO, FAOLEX

Resolución Nº 545/2015 – Aprueba el marco normativo para el control de Brucella Ovis en reproductores machos ovinos mayores de seis meses de edad.

Legislación | Argentina | 2015

Palabra clave: Ovinos/caprinos, Sanidad animal, Plagas/enfermedades

Fuente: FAO, FAOLEX