Ley Nº 2.425 - Consolida a favor del Gobierno Municipal de Potosí el uso de la totalidad de aguas termales. País/Territorio Bolivia (Estado Plurinacional de) Tipo de documento Legislación Fecha 2002 Fuente FAO, FAOLEX Materia Agua Palabra clave Aguas termales y medicinales Derechos de agua Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Naciones en desarrollo sin litoral, América Latina y el Caribe, América del Sur Resumen Por la presente Ley queda consolidado a favor del Gobierno Municipal de Potosí el uso de la totalidad de las aguas termales que fluyen de la fuente denominada "Ojo del Inca" o "Uchu Laguna", cuyas coordenadas y ubicación se indican el artículo 1º, para destinarlas exclusivamente al Complejo Recreacional "Tarapaya" de propiedad municipal, garantizando con ellas el funcionamiento de éste en favor de la comunidad. Texto completo Español