Ley Nº 2.350/04 - Declara patrimonio natural al Río Jejuí. País/Territorio Paraguay Tipo de documento Legislación Fecha 2004 Fuente FAO, FAOLEX Materia Agua Palabra clave Aguas continentales Contaminación de las aguas dulces Efluente de aguas residuales/vertido Control de la contaminación Área geográphica Americas, Naciones en desarrollo sin litoral, América Latina y el Caribe, América del Sur Resumen La presente Ley declara patrimonio natural al río Jejuí con miras a proteger y conservar el curso del río y sus afluentes. Queda prohibido el desagüe de efluentes o desechos contaminados en el río y sus afluentes que puedan perjudicar la vida humana, animal y vegetal, cualquiera sea la naturaleza de la actividad humana. Texto completo Español Página web www.idea.org.py