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Ley Nº 20.423 - Del Sistema Institucional para el Desarrollo del Turismo.

País/Territorio
Chile
Tipo de documento
Legislación
Fecha
2010
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Publicado en el Diario Oficial de 12 de febrero de 2010.
Materia
Especies silvestres y ecosistemas, General
Palabra clave
Protección del consumidor Turismo Gobernanza Institución Política/planificación Zona protegida Subvención/incentivo Certificación Negocios/industria/corporaciones
Área geográphica
Americas, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur, Pacífico Sudeste
Resumen

La presente ley tiene por objeto el desarrollo y promoción de la actividad turística, por medio de mecanismos destinados a la creación, conservación y aprovechamiento de los recursos y atractivos turísticos nacionales. Se define el turismo como una actividad estratégica para el desarrollo del país, siendo prioritaria dentro de las políticas de Estado. Se contempla la elaboración de una La Política Nacional de Turismo, la que tendrá por propósito determinar los objetivos, acciones y prioridades que regirán al sector, con arreglo a los principios consagrados en esta Ley. Se crea el Comité de Ministros del Turismo, cuya función será asesorar al Presidente de la República en la fijación de los lineamientos de la política gubernamental para el desarrollo de la actividad turística. Se crea igualmente la Subsecretaría de Turismo, en el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo. Se regulan las funciones del subsecretario de turismo. Los territorios o áreas que tengan condiciones especiales para la atracción turística y que requieran medidas de conservación y una planificación integrada para promover las inversiones del sector privado, podrán ser declarados Zonas de Interés Turístico. Dichas zonas tendrán carácter prioritario para la ejecución de programas y proyectos públicos de fomento al desarrollo de esta actividad, como asimismo para la asignación de recursos destinados a obras de infraestructura y equipamiento necesarios. Se crea el Consejo Consultivo de Promoción Turística, cuyo objeto primordial será colaborar en la formulación de la Política Nacional de Promoción del Turismo. Se regula por último el sistema de clasificación, calidad y seguridad de los prestadores de servicios turísticos.

Texto completo
Español
Página web
www.bcn.cl

Referencias - Legislación

Enmendado porr

Ley Núm. 21.600 – Crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas protegidas y el Sistema Nacional de Áreas Protegidas.

Legislación | Chile | 2023 (2023)

Palabra clave: Protección del medio ambiente, Pesca no-comercial, Zonificación, Terrenos privados, Biodiversidad, Institución, Conservación del ecosistema, Recursos genéticos, Uso sostenible, Protecíon de las especies, Conservación ex-situ, Principio de cautela, Zona protegida, Ordenación/conservación, Investigación, Monitoreo, Recopilación de datos/informes, Clasificación/declasificación, Humedales, Fondo especial, Pueblos indígenas, Parques nacionales, Autorización/permiso, Concesión, Infracciones/sanciones, Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos, Caza/captura, Turismo

Fuente: FAO, FAOLEX