Ley Nº 1988 - Lineamientos para la formulación, implementación y evaluación de una política pública de los vendedores informales. País/Territorio Colombia Tipo de documento Legislación Fecha 2019 Fuente FAO, FAOLEX Materia Agricultura y desarrollo rural, Alimentación y nutrición Palabra clave Entidad no gubernamental Cooperativa/organización de productores Medidas fiscales y de mercado Comercio interior Pequeños agricultores/campesinos Venta Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen La presente Ley tiene por objeto establecer los lineamientos generales para la formulación de la política pública de los vendedores informales, con el fin de garantizar los derechos a la dignidad humana, al mínimo vital, al trabajo y a la convivencia en el espacio público. La política pública de los vendedores informales constituye el conjunto de principios, lineamientos, estrategias, mecanismos, programas y proyectos que orientarán las acciones del Estado, con el fin de disminuir el impacto negativo que trae la ejecución de las políticas públicas de recuperación del espacio público. Para los efectos de la presente ley, las personas que se dediquen voluntariamente al comercio de bienes o servicios en el espacio público, como medio básico de subsistencia, se denominarán vendedores informales. Texto completo Español Página web www.dapre.presidencia.gov.co