Ley Nº 19.874 - Crea el Fondo Solidario COVID-19. País/Territorio Uruguay Tipo de documento Legislación Fecha 2020 Fuente FAO, FAOLEX Materia General Palabra clave Salud pública Protección social Evaluación/manejo de riesgos Higiene/procedimientos sanitarios Abastecimiento de agua Financiamiento Fondo especial Tasa/impuesto Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Resumen La presente Ley crea el Fondo Solidario COVID-19, destinado a atender en forma exclusiva las erogaciones provenientes de: 1) Toda actividad estatal destinada a la protección de la población frente a la emergencia sanitaria nacional; 2) Las erogaciones que deba atender el Ministerio de Salud Pública y demás prestadores públicos de la salud de manera directa o mediante ayudas y transferencias a los prestadores privados; 3) Las actividades de prevención, mitigación, atención y rehabilitación a cargo del Sistema Nacional de Emergencias, en el marco del estado de emergencia sanitaria declarado por el Poder Ejecutivo; 4) El pago de las prestaciones del Seguro por Enfermedad y del Seguro por Desempleo brindados por el Banco de Previsión Social, a causa de la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID-19 (coronavirus) desde el 13 de marzo de 2020; 5) La caída en la recaudación del Banco de Previsión Social derivada de la reducción de actividad económica. La titularidad de dicho Fondo, así como su administración estará a cargo del Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Economía y Finanzas. Texto completo Español Página web www.presidencia.gub.uy Referencias - Legislación Implementado por Decreto Nº 133/020 - Reglamentación de la Ley 19.874, relativa a la creación del "Fondo Solidario COVID-19". Legislación | Uruguay | 2020 Palabra clave: Subvención/incentivo, Peligros, Fondo especial, Tasa/impuesto, Salud pública Fuente: FAO, FAOLEX