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Ley Nº 19.874 - Crea el Fondo Solidario COVID-19.

País/Territorio
Uruguay
Tipo de documento
Legislación
Fecha
2020
Fuente
FAO, FAOLEX
Materia
General
Palabra clave
Salud pública Protección social Evaluación/manejo de riesgos Higiene/procedimientos sanitarios Abastecimiento de agua Financiamiento Fondo especial Tasa/impuesto
Área geográphica
Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur
Resumen

La presente Ley crea el Fondo Solidario COVID-19, destinado a atender en forma exclusiva las erogaciones provenientes de: 1) Toda actividad estatal destinada a la protección de la población frente a la emergencia sanitaria nacional; 2) Las erogaciones que deba atender el Ministerio de Salud Pública y demás prestadores públicos de la salud de manera directa o mediante ayudas y transferencias a los prestadores privados; 3) Las actividades de prevención, mitigación, atención y rehabilitación a cargo del Sistema Nacional de Emergencias, en el marco del estado de emergencia sanitaria declarado por el Poder Ejecutivo; 4) El pago de las prestaciones del Seguro por Enfermedad y del Seguro por Desempleo brindados por el Banco de Previsión Social, a causa de la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID-19 (coronavirus) desde el 13 de marzo de 2020; 5) La caída en la recaudación del Banco de Previsión Social derivada de la reducción de actividad económica. La titularidad de dicho Fondo, así como su administración estará a cargo del Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Economía y Finanzas.

Texto completo
Español
Página web
www.presidencia.gub.uy

Referencias - Legislación

Implementado por

Decreto Nº 133/020 - Reglamentación de la Ley 19.874, relativa a la creación del "Fondo Solidario COVID-19".

Legislación | Uruguay | 2020

Palabra clave: Subvención/incentivo, Peligros, Fondo especial, Tasa/impuesto, Salud pública

Fuente: FAO, FAOLEX