Ley Nº 19.525 - Regula sistemas de evacuación y drenaje de aguas lluvias. País/Territorio Chile Tipo de documento Legislación Fecha 1997 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Diario Oficial Nº 35.912, 10 de noviembre de 1997, pág. 2. Materia Agua Palabra clave Agua de lluvia Instalaciones Normas Alcantarillado Efluente de aguas residuales/vertido Control de la contaminación Contaminación de las aguas dulces Área geográphica Americas, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur, Pacífico Sudeste Resumen La presente Ley, que consta de 6 artículos y 3 transitorios, establece que será el Estado a velar en las ciudades y centros poblados para que existan sistemas de evacuación y drenaje de aguas de lluvias que permitan su fácil escurrimiento y disposición e impidan el daño que ellas puedan causar a las personas, a las viviendas y, en general, a la infraestructura urbana (art. 1º). A tal fin, el Ministerio de Obras Públicas desarrollará planes maestros, en los cuales se definirá lo que constituye la red primaria de sistemas de evacuación y drenaje de aguas lluvias (art. 2º). Los planes maestros y la coordinación de las actividades señaladas deben considerar la situación de las cuencas hidrográficas (art. 6º). Texto completo Español