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Ley Nº 19.292 – Se declara de interés general la producción familiar agropecuaria y la pesca artesanal y se establece un mecanismo de reserva de mercado estatal de bienes y servicios alimenticios.

País/Territorio
Uruguay
Tipo de documento
Legislación
Fecha
2014
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Diario Oficial Nº 29.118, 29 de diciembre de 2014.
Materia
Agricultura y desarrollo rural, Alimentación y nutrición, Pesca
Palabra clave
Agricultura familiar Entidad no gubernamental Subvención/incentivo Explotación agrícola Pesca artesanal
Área geográphica
Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur
Resumen

La presente Ley declara de interés general la producción familiar agropecuaria y la pesca artesanal. En este contexto se crea un régimen de compras estatales que beneficiará a las organizaciones habilitadas (conformadas de acuerdo al artículo 5º de esta Ley) destinado al desarrollo de la producción familiar agropecuaria y de la pesca artesanal. Las organizaciones para ser habilitadas deben estra integradas por al menos cinco productores agropecuarios, de los cuales como mínimo el 70 por ciento deben ser productores familiares agropecuarios o pescadores artesanales.

Texto completo
Español

Referencias - Legislación

Implementado por

Decreto Nº 86/015 - Reglaméntase la Ley 19.292, que declara de interés general la producción familiar agropecuaria y la pesca artesanal, y establece un régimen de compras estatales que beneficia a las Organizaciones Habilitadas para la utilización del mismo.

Legislación | Uruguay | 2015

Palabra clave: Agricultura familiar, Entidad no gubernamental, Subvención/incentivo, Explotación agrícola, Pesca artesanal

Fuente: FAO, FAOLEX

Enmendado porr

Ley 19.685 - Díctanse normas para la promoción del desarrollo con equidad de género.

Legislación | Uruguay | 2018

Palabra clave: Género, Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos

Fuente: FAO, FAOLEX