Ley Nº 18.498 - Tripulación de embarcaciones de matrícula nacional. País/Territorio Uruguay Tipo de documento Legislación Fecha 2009 Fuente FAO, FAOLEX Materia Pesca Palabra clave Embarcación de pesca Pesca marítima ZEE-Zona Económica Exclusiva Alta mar Zona marítima Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Resumen La presente Ley modifica el artículo 27 de la Ley Nº 13.833, Riquezas del Mar. La disposición enmendada se refiere a las embarcaciones pesqueras de matrícula nacional, que deberán ser comandadas por capitanes o patrones ciudadanos naturales o legales uruguayos, debiendo además su tripulación estar constituida por no menos noventa por ciento de ciudadanos naturales o legales uruguayos. Texto completo Español Página web www.mgap.gub.uy Referencias - Legislación Enmienda Ley Nº 13.833 - Riquezas del Mar. Legislación | Uruguay | 1969 Palabra clave: Pesca marítima, ZEE-Zona Económica Exclusiva, Navegación, Autorización de pesca, Infracciones/sanciones, Especies exóticas, Comercio interior, Manejo y conservación pesquera, Autorización/permiso, Zona marítima, Mar territorial, Plataforma continental, Soberanía Fuente: FAO, FAOLEX