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Ley Nº 17.866 - Creación del Ministerio de Desarrollo Social

País/Territorio
Uruguay
Tipo de documento
Legislación
Fecha
2005
Fuente
FAO, FAOLEX
Materia
Alimentación y nutrición
Palabra clave
Derecho a la alimentación Institución Protección social Salud pública Pobreza Derechos humanos
Área geográphica
Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur
Resumen

La presente Ley crea el Ministerio de Desarrollo Social y al mismo tiempo incorpora algunos organismos a dicho ministerio, tales como el Instituto Nacional de la Juventud, el Instituto  del Niño  y  Adolescente del Uruguay y el Instituto  Nacional de la  Familia y  la  Mujer. Al Ministerio le compete formular, ejecutar, supervisar, coordinar, programar, dar seguimiento y evaluar las políticas, estrategias y planes en las áreas de  juventud, mujer y familia, adultos mayores, discapacitados y desarrollo social en general. Por otro lado, será responsable de coordinar las acciones, planes y programas intersectoriales, implementados por el Poder Ejecutivo  para  garantizar  el pleno ejercicio de los  derechos  sociales a, entre otros,  la alimentación, la salud, al disfrute de un medio ambiente sano, al trabajo, a la seguridad social y a la no discriminación.

Texto completo
Español
Página web
www.mides.gub.uy