Ley Nº 17.866 - Creación del Ministerio de Desarrollo Social País/Territorio Uruguay Tipo de documento Legislación Fecha 2005 Fuente FAO, FAOLEX Materia Alimentación y nutrición Palabra clave Derecho a la alimentación Institución Protección social Salud pública Pobreza Derechos humanos Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Resumen La presente Ley crea el Ministerio de Desarrollo Social y al mismo tiempo incorpora algunos organismos a dicho ministerio, tales como el Instituto Nacional de la Juventud, el Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay y el Instituto Nacional de la Familia y la Mujer. Al Ministerio le compete formular, ejecutar, supervisar, coordinar, programar, dar seguimiento y evaluar las políticas, estrategias y planes en las áreas de juventud, mujer y familia, adultos mayores, discapacitados y desarrollo social en general. Por otro lado, será responsable de coordinar las acciones, planes y programas intersectoriales, implementados por el Poder Ejecutivo para garantizar el pleno ejercicio de los derechos sociales a, entre otros, la alimentación, la salud, al disfrute de un medio ambiente sano, al trabajo, a la seguridad social y a la no discriminación. Texto completo Español Página web www.mides.gub.uy