Ley Nº 1.426 - Créase el Registro de Productores de Búfalos (Re.Pro.Bu.) País/Territorio Argentina Subdivisión territorial Formosa Tipo de documento Legislación Fecha 2003 Fuente FAO, FAOLEX Materia Ganado Palabra clave Bovinos Producción animal Registro Marcado/identificación Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Resumen La presente Ley declara la producción de búfalos de agua (Bubalus bubalis sp.), su promoción y desarrollo, como así también toda otra actividad relacionada directa o indirectamente con la misma. Asimismo crea el Registro de Productores de Búfalos (Re.Pro.Bu.) en el que se deberán inscribir obligatoriamente todos los establecimientos dedicados a la producción del ganado bubalino. En cuanto a la acreditación de la propiedad de los animales, la misma se realizará con la marca y señal prevista para el ganado bovino. Texto completo Español Página web www.legislaturaformosa.gob.ar