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Ley Nº 1.426 - Créase el Registro de Productores de Búfalos (Re.Pro.Bu.)

País/Territorio
Argentina
Subdivisión territorial
Formosa
Tipo de documento
Legislación
Fecha
2003
Fuente
FAO, FAOLEX
Materia
Ganado
Palabra clave
Bovinos Producción animal Registro Marcado/identificación
Área geográphica
Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur
Resumen

La presente Ley declara la producción de búfalos de agua (Bubalus bubalis sp.), su promoción y desarrollo, como así también toda otra actividad relacionada directa o indirectamente con la misma. Asimismo crea el Registro de Productores de Búfalos (Re.Pro.Bu.) en el que se deberán inscribir obligatoriamente todos los establecimientos dedicados a la producción del ganado bubalino. En cuanto a la acreditación de la propiedad de los animales, la misma se realizará con la marca y señal prevista para el ganado bovino.

Texto completo
Español
Página web
www.legislaturaformosa.gob.ar