Ley Nº 141 - Declárase de prioridad nacional la producción, industrialización y comercialización de ají y maní. País/Territorio Bolivia (Estado Plurinacional de) Tipo de documento Legislación Fecha 2011 Fuente FAO, FAOLEX Materia Alimentación y nutrición, Cultivos Palabra clave Productos agrícolas Desarrollo agrícola Verduras/legumbres Protección vegetal Plantas oleaginosas Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Naciones en desarrollo sin litoral, América Latina y el Caribe, América del Sur Resumen La presente Ley tiene por objeto impulsar el desarrollo de la producción, industrialización y comercialización de ají y maní, que se realizará a través de la tecnificación de la producción primaria con la protección respectiva del área de cultivo, recuperando y mejorando las variedades nativas, su uso y conocimiento local y ancestral. Asimismo la Ley tiene por finalidad el mejoramiento y conservación de la calidad de rendimiento en las áreas productoras con sistema de riego, mejoras post cosecha, transformación, industrialización y comercialización de los productos y subproductos de manera prioritaria en el mercado local y nacional y hacia el mercado externo. Texto completo Español Página web www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo