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Ley Nº 141 - Declárase de prioridad nacional la producción, industrialización y comercialización de ají y maní.

País/Territorio
Bolivia (Estado Plurinacional de)
Tipo de documento
Legislación
Fecha
2011
Fuente
FAO, FAOLEX
Materia
Alimentación y nutrición, Cultivos
Palabra clave
Productos agrícolas Desarrollo agrícola Verduras/legumbres Protección vegetal Plantas oleaginosas
Área geográphica
Amazona, Americas, Estados Andinos, Naciones en desarrollo sin litoral, América Latina y el Caribe, América del Sur
Resumen

La presente Ley tiene por objeto impulsar el desarrollo de la producción, industrialización y comercialización de ají y maní, que se realizará a través de la tecnificación de la producción primaria con la protección respectiva del área de cultivo, recuperando y mejorando las variedades nativas, su uso y conocimiento local y ancestral. Asimismo la Ley tiene por finalidad el mejoramiento y conservación de la calidad de rendimiento en las áreas productoras con sistema de riego, mejoras post cosecha, transformación, industrialización y comercialización de los productos y subproductos de manera prioritaria en el mercado local y nacional y hacia el mercado externo.

Texto completo
Español
Página web
www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo