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Ley Nº 1.208 (antes 8.421) - Se crea el Registro Único de Proveedores de Empresas Mineras (R.U.P.E.M.) en el ámbito del Ministerio de Minería de la Provincia de San Juan y se regula su funcionamiento.

País/Territorio
Argentina
Subdivisión territorial
San Juan
Tipo de documento
Legislación
Fecha
2013
Fuente
FAO, FAOLEX
Materia
Recursos minerales
Palabra clave
Negocios/industria/corporaciones Registro
Área geográphica
Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur
Resumen

Mediante esta Ley se crea en el ámbito del Ministerio de Minería de la Provincia de San Juan el Registro Único de Proveedores de Empresas Mineras (R.U.P.E.M.). Las empresas mineras deberán presentar anualmente ante el Registro una declaración jurada que contenga la nómina de todos sus proveedores y montos contratados.

Texto completo
Español