Ley IV Nº 14 (antes Decreto Ley 1105/79) - Ley de Expropiaciones. País/Territorio Argentina Subdivisión territorial Misiones Tipo de documento Legislación Fecha 2017 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Boletín Oficial de la Provincia de Misiones, 22 de enero de 2018. Materia Tierra y suelos Palabra clave Expropiación Terrenos agrícolas Terrenos urbanos Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Resumen La presente Ley regula la expropiación pro utilidad pública. La utilidad pública debe servir de fundamento legal a la expropiación, y comprende todos los casos en que se procure la satisfacción del bien común, sea éste de naturaleza material o espiritual. Podrá actuar como expropiante el Estado Provincial; también podrán actuar como tales las Municipalidades, las Entidades Autárquicas Provinciales y las Empresas del Estado Provincial, en tanto estén expresamente facultadas para ello por sus respectivas leyes o leyes especiales. Texto completo Español Página web www.saij.gob.ar