Ley I - N° 671 - Creación del Consejo Provincial de Alimentos. País/Territorio Argentina Subdivisión territorial Chubut Tipo de documento Legislación Fecha 2019 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Boletín Oficial de la Provincia de Chubut, 7 de enero de 2020. Materia Alimentación y nutrición Palabra clave Institución Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Soberanía alimentaria Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Resumen Por la presente Ley se crea, en el ámbito del Ministerio de la Producción de la Provincia del Chubut, el Consejo Provincial de Alimentos (COPROA), cuyo objetivo principal es generar un ámbito interinstitucional que permita analizar, formular, proponer, implementar, coordinar y llevar a cabo políticas y acciones en las áreas dedicadas a la producción y fiscalización de alimentos. Entre los objetivos del Consejo cabe destacar los siguientes: a) promover la producción de alimentos inocuos en todas sus escalas productivas y comerciales; b) disminuir las enfermedades transmitidas por alimentos (ETAs) a partir de la prevención centrada en la capacitación de los actores que intervienen en la promoción, en la fiscalización, y en los diversos eslabones de las cadenas de valor de los alimentos (productores, elaboradores, transportistas, comercializadores, consumidores); c) unificar criterios técnicos y de aplicación de normativas horizontalmente, entre los diversos organismos de fiscalización y con los diversos organismos vinculados a la promoción, y verticalmente, entre los referentes y organismos de fiscalización y promoción correspondientes a los diversos estamentos del Estado (municipal, provincial y nacional); d) identificar y abordar técnicamente temas e ítems de interés provincial que requieran modificaciones del Código Alimentario Argentino; e) promover la adecuación y actualización normativa provincial y municipal vinculada a la producción de alimentos. Texto completo Español Página web www.saij.gob.ar