Ley ganadera del Estado de Nuevo León. País/Territorio México Subdivisión territorial Nuevo León Tipo de documento Legislación Fecha 1994 (2007) Fuente FAO, FAOLEX Materia Ganado, Alimentación y nutrición, Tierra y suelos Palabra clave Carne Productos de aves caseras Comercio interior Transporte/depósito Certificación Uso sostenible Conservación de suelos/mejoramiento de suelos Legislación básica Producción animal Sanidad animal Plagas/enfermedades Marcado/identificación Matanza Apicultura/sericultura Bovinos Porcinos Inspección Entidad no gubernamental Reproducción animal Pastoreo Aves de corral Subproductos animales Pastorear Área geográphica Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Atlántico Norte, Pacífico Norte, Pacífico Nordeste Resumen La presente Ley regula todo lo concerniente a la explotación de especies animales. Tiene por objeto la planeación, fomento y defensa de la ganadería, así como la organización y orientación para aumentar el rendimiento de su explotación y el aprovechamiento racional de las especies. Sus disposiciones norman la propiedad del ganado, su movilización, sacrificios, productos y subproductos (que incluyen el cuero o piel del animal, el cuerno, la lana, la sangre, la cerda, la cría, la carne seca, las visceras y en general todo aquello que industrializado, beneficiado o en estado natural derive del ganado). En cuanto a la identificación del ganado, se establecen disposiciones sobre las marcas y también se prevén normas aplicables a los animales mostrencos, que son los abandonados o los perdidos cuyo dueño se ignore. En lo que refiere al tránsito de animales, la regla genera es que la persona que conduzca ganado, productos o subproductos de un municipio a otro, deberá ampararse con un certificado zoosanitario, acompañándose de la guía de tránsito. Texto completo Español Página web www.hcnl.gob.mx