Ley Departamental Nº 390 - Ley Departamental de Tarija de Gestión de Riesgos. País/Territorio Bolivia (Estado Plurinacional de) Subdivisión territorial Tarija Tipo de documento Legislación Fecha 2019 Fuente FAO, FAOLEX Materia General Palabra clave Peligros Evaluación/manejo de riesgos Sistema de alerta temprana Política/planificación Monitoreo Gobernanza Institución Financiamiento Fondo especial Clasificación/declasificación Recopilación de datos/informes Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Naciones en desarrollo sin litoral, América Latina y el Caribe, América del Sur Resumen La presente Ley tiene por objeto regular el marco institucional y competencial para la Gestión de Riesgos en el Departamento de Tarija, que incluye la reducción del riesgo a través de la prevención, mitigación, recuperación y la atención de desastres y/o emergencias. Tiene por finalidad definir y fortalecer la intervención del Gobierno Departamental para la Gestión de Riesgos; establecer la gestión de riesgos como un elemento transversal en la planificación, ordenamiento territorial, inversión, administración y gestión ambiental; establecer sistemas de alerta temprana vinculados a los municipios del departamento de Tarija; entre otras. La instancia departamental encargada de gestión de riesgo será el Comité Departamental de Reducción de Riesgos y Atención de Desastres (CODERADE). El Comité de Operaciones de Emergencias Departamental será la instancia de coordinación operativa de instituciones publicas, privadas, organizaciones sociales y pueblos indígena originario campesino a nivel del departamento de Tarija para la atención de desastres y/o emergencias. La Ley crea el Fondo Departamental para la reducción de riesgos y atención de desastres y/o emergencias y regula igualmente el Sistema de Alerta Temprana Departamental, el cual comprende un sistema de clasificación de alertas. Texto completo Español Página web www.tarija.gob.bo