Ley Departamental Nº 162 - De protección del patrimonio cultural del departamento de Tarija. País/Territorio Bolivia (Estado Plurinacional de) Subdivisión territorial Tarija Tipo de documento Legislación Fecha 2019 Fuente FAO, FAOLEX Materia General Palabra clave Patrimonio cultural Conocimientos tradicionales/ conocimiento indígena Registro Inventarios Derechos de propiedad intelectual/patentes Derechos humanos Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Naciones en desarrollo sin litoral, América Latina y el Caribe, América del Sur Resumen La presente Ley tiene por objeto la protección, defensa, custodia, propiedad, conservación, declaración, registro, gestión, investigación, promoción, difusión y la puesta en valor del Patrimonio Cultural del Departamento ele Tanja. Por patrimonio cultural se entiende, entre otros elementos, los Sitios Naturales, Jardines y Parques, que tengan valor artístico, histórico o antropológico; los conocimientos y actividades que son u han sido expresión relevante de la cultura tradicional del pueblo tarijeno; etc. Se garantiza el respeto a los derechos culturales, entendidos como los derechos humanos relacionados con el arte y la cultura, relativos a cuestiones como la lengua, la producción cultural y artística, los derechos de autor, saberes y conocimientos tradicionales, etc. El Órgano Ejecutivo deberá crear el Sistema de Registro, Inventario y Catálogo del Patrimonio Cultural del Departamento de Tarija. Texto completo Español Página web www.aldt.gob.bo