Ley de derechos y culturas indígenas del Estado de Chiapas. País/Territorio México Subdivisión territorial Chiapas Tipo de documento Legislación Fecha 1999 (2016) Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Periódico Oficial del Estado de Chiapas Nº 42, 29 de julio de 1999. Materia Tierra y suelos, Especies silvestres y ecosistemas Palabra clave Pueblos indígenas Género Tenencia de tierras Ordenación comunitaria Área geográphica Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Atlántico Norte, Pacífico Norte, Pacífico Nordeste Resumen La presente Ley tiene por objeto reconocer y proteger a los pueblos indígenas del Estado de Chiapas, como así también los derechos de las comunidades indígenas asentadas por cualquier circunstancia, dentro del territorio del Estado, pertenecientes a cualquier otro pueblo indígena. La Ley presta especial atención a los derechos de las mujeres indígenas: se reconoce su derecho a adquirir bienes por transmisión hereditaria o por cualquier otro medio legal, así como a tener cargos al interior de la comunidad y a participar en programas productivos para el desarrollo comunitario, en iguales condiciones que el varón (art. 33). El Capítulo VIII está dedicado a las tierras, quedando prohibidos los reacomodos y desplazamientos de los habitantes de las comunidades indígenas de sus propiedades o posesiones, salvo que se motiven por causa de utilidad pública plenamente justificada o por casos de riesgos, desastres, seguridad o sanidad. El Capítulo IX se refiere a la explotación de los recursos naturales por parte de las comunidades indígenas. Texto completo Español Página web www.congresochiapas.gob.mx