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Ley de Consulta Indígena para el Estado y Municipios de San Luis Potosí.

País/Territorio
México
Subdivisión territorial
San Luis Potosí
Tipo de documento
Legislación
Fecha
2010 (2012)
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Periódico Oficial del Estado de San Luis Potosí, 8 de julio de 2010.
Materia
Tierra y suelos, Especies silvestres y ecosistemas
Palabra clave
Pueblos indígenas Tenencia de tierras Ordenación comunitaria
Área geográphica
Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Atlántico Norte, Pacífico Norte, Pacífico Nordeste
Resumen

La presente Ley del Estado de San Luis Potosí tiene por objeto establecer los casos en que debe consultarse a las comunidades indígenas, y la forma en que deben llevarse a cabo las consultas, en sus fases de diseño, planeación, operación, seguimiento, y evaluación. Estas disposiciones se fundamentan en el principio por el cual el Estado garantizará el derecho de los pueblos y comunidades indígenas a ser consultados, respecto a los asuntos públicos fundamentales que les atañen directamente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley Ley reglamentaria del artículo 9º de la Constitución Política del Estado, sobre los derechos y la cultura indígena. La Ley indica como objetos obligados de consulta los siguientes: a) el Plan Estatal de Desarrollo; b) los Planes Municipales de Desarrollo; c) los Planes de Desarrollo Urbano, y de centro estratégico de población, cuando afecten el territorio correspondiente a las comunidades indígenas.

Texto completo
Español
Página web
www.stjslp.gob.mx

Referencias - Legislación

Implementa

Ley reglamentaria del artículo 9º de la Constitución Política del Estado, sobre los derechos y la cultura indígena.

Legislación | México | 2003 (2010)

Palabra clave: Pueblos indígenas, Tenencia de tierras, Ordenación comunitaria, Género, Desarrollo sostenible, Uso sostenible

Fuente: FAO, FAOLEX