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Ley de Asociaciones Público Privadas.

País/Territorio
México
Tipo de documento
Legislación
Fecha
2012 (2018)
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Diario Oficial de la Federación, 16 de enero de 2012.
Materia
General
Palabra clave
Participación público privada (PPP) Negocios/industria/corporaciones Medidas fiscales y de mercado Acceso-a-la-información Participación pública Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos Contrato/acuerdo Corte/tribunal Solución de controversias
Área geográphica
Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Atlántico Norte, Pacífico Norte, Pacífico Nordeste
Resumen

La presente Ley es de orden público y tiene por objeto regular los esquemas para el desarrollo de proyectos de asociaciones público-privadas, bajo los principios de los artículos 25 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Los proyectos de asociación público-privada regulados por esta Ley son aquellos que se realicen con cualquier esquema para establecer una relación contractual de largo plazo, entre instancias del sector público y del sector privado, para la prestación de servicios al sector público, mayoristas, intermediarios o al usuario final y en los que se utilice infraestructura proporcionada total o parcialmente por el sector privado con objetivos que aumenten el bienestar social y los niveles de inversión en el país. En los términos previstos en esta Ley, los proyectos de asociación público-privada deberán estar plenamente justificados, especificar el beneficio social que se busca obtener y demostrar su ventaja financiera frente a otras formas de financiamiento. Entre otras cuestiones, la ley contiene disposiciones relativas a: la expropiación (arts. 80 a 86); los contratos de asociación público-privada (Arts. 91 a 103); y procedimiento arbitral y de conciliación (Arts. 138 y 139).

Texto completo
Español
Página web
www.diputados.gob.mx