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Ley de agua potable y alcantarillado para el Estado de Oaxaca.

País/Territorio
México
Subdivisión territorial
Oaxaca
Tipo de documento
Legislación
Fecha
1993
Fuente
FAO, FAOLEX
Materia
Agua
Palabra clave
Abastecimiento de agua Alcantarillado Efluente de aguas residuales/vertido Agua potable Gobierno local Contaminación de las aguas dulces Manejo de recursos hídricos Legislación básica Control de la contaminación
Área geográphica
Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Atlántico Norte, Pacífico Norte, Pacífico Nordeste
Resumen

Esta Ley establece el marco normativo que regula la prestación de los servicios públicos de agua potable y alcantarillado, para el saneamiento de los asentamientos humanos del Estado de Oaxaca, y la organización y funcionamiento de los organismos que manejan los sistemas de agua potable y alcantarillado en la Entidad, lo cual constituye el Sistema Estatal de Agua Potable y Alcantarillado. Dicho sistema comprende, entre otros aspectos: 1) la formulación y ejecución de las políticas que orienten el fomento y el desarrollo hidráulico en el Estado; 2) la planeación y programación hidráulica a nivel estatal, regional y municipal; 3) la prestación de servicios públicos de agua potable y alcantarillado; 4) los sistemas de regulación, captación, conducción, potabilización, desolación, fluorización, almacenamiento y distribución de agua, así como la colección, desalojo, tratamiento de aguas residuales y el manejo de lodos; 5) el uso eficiente y distribución de agua según la existencia y posibilidades; 6) la planeación, promoción, inducción y, en su caso, ejecución de las acciones para el tratamiento de aguas residuales y manejo de lodos, y las que sean necesarias para la prevención y control de la contaminación del agua; 7) la conservación de fuentes de captación de agua y de las reservas hidrológicas del Estado que se le asignen por la autoridad competente.

Texto completo
Español