Ley 6330 - Declárase Monumento Natural al Oso Hormiguero Grande. País/Territorio Argentina Subdivisión territorial Corrientes Tipo de documento Legislación Fecha 2014 Fuente FAO, FAOLEX Materia Especies silvestres y ecosistemas Palabra clave Protecíon de las especies Fauna silvestre Especies en peligro Caza/captura Infracciones/sanciones Protección del hábitat Productos silvestres Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Resumen Se declara Monumento Natural al Oso Hormiguero Grande (Myrmecophaga tridactyla), con el objeto de evitar su extinción, lograr su conservación y su reproducción. En todo aquello que no se encuentre expresamente previsto en la presente ley, se aplicarán las normas establecidas por la Ley Nº 4.736/93, Decreto Ley 1.555/92 y normativa reglamentaria. En este marco, se declara zona de veda total y permanente para la caza del Oso Hormiguero Grande en todo el territorio de la Provincia de Corrientes. Asimismo queda expresamente prohibida la posesión de animales cautivos de esta especie, de sus productos y subproductos (cueros, trofeos de animales embalsamados, etc.), acosamiento, persecución o tránsito de los mismos, con excepción de aquellos autorizados por la Autoridad de Aplicación. Texto completo Español