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Ley 25.278 - Apruébase el Convenio de Rotterdam sobre el Procedimiento de Consentimiento Fundamentado Previo Aplicable a Ciertos Plaguicidas y Productos Químicos Peligrosos Objeto de Comercio Internacional, adoptado en Rotterdam - Reino de los Países Bajos el 10 de septiembre de 1998.

País/Territorio
Argentina
Tipo de documento
Legislación
Fecha
2000
Fuente
FAO, FAOLEX
Materia
Medio ambiente gen., Cultivos, Desechos y sustancias peligrosas
Palabra clave
Plaguicidas ICP-procedimiento de información y consentimiento previos Sustancias peligrosas
Área geográphica
Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur
Resumen

Por medio de la presente Ley se aprueba el Convenio de Rotterdam sobre el Procedimiento de Consentimiento Fundamentado Previo Aplicable a Ciertos Plaguicidas y Productos Químicos Peligrosos Objeto de Comercio Internacional, que fue adoptado el 10 de septiembre de 1998. El Convenio, cuyo texto se adjunta a la Ley, tiene por objetivo promover la responsabilidad compartida y los esfuerzos conjuntos de las Partes en la esfera del comercio internacional de ciertos productos químicos peligrosos a fin de proteger la salud humana y el medio ambiente frente a posibles daños y contribuir a su utilización ambientalmente racional, facilitando el intercambio de información acerca de sus características, estableciendo un proceso nacional de adopción de decisiones sobre su importación y exportación y difundiendo esas decisiones a las Partes.

Texto completo
Español
Página web
www.infoleg.gov.ar

Referencias - Legislación

Implementado por

Resolución N⁰ 110/2021 – Establece el procedimiento de importación y exportación de productos químicos sujetos al Consentimiento Fundamentado Previo conforme a la Ley N⁰ 25.278, que aprueba el Convenio de Rotterdam.

Legislación | Argentina | 2021

Palabra clave: Plaguicidas, ICP-procedimiento de información y consentimiento previos, Sustancias peligrosas, Infracciones/sanciones

Fuente: FAO, FAOLEX