Dispositivo de emergencia con el objeto de confinar y erradicar los brotes de la Mosca del olivo en el Estado de Baja California. País/Territorio México Tipo de documento Reglamento Fecha 2000 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Diario Oficial de la Federación Nº 13, 19 de abril de 2000, pág. 38. Materia Cultivos Palabra clave Protección vegetal Plantas oleaginosas Plagas/enfermedades Higiene/procedimientos sanitarios Cuarentena Área geográphica Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Atlántico Norte, Pacífico Norte, Pacífico Nordeste Resumen El presente Acuerdo instrumenta el dispositivo nacional de emergencia en los términos del artículo 46 de la Ley Federal de Sanidad Vegetal, con el objeto de establecer la cuarentena interior contra la mosca del olivo (Bactrocera oleae) en los municipios de Ensenada, Mexicali, Rosarito, Tecate y Tijuana, Baja California, a efecto de confinar y erradicar los brotes de esa plaga; así como para prevenir su dispersión a otras entidades federativas del territorio de México. Texto completo Español