Disposición Nº 5.802/05 - Adopta la categorización de riesgo de Encefalopatía Espongiforme Bovina. País/Territorio Argentina Tipo de documento Reglamento Fecha 2005 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Boletín Oficial Nº 30.765, 24 de octubre de 2005. Materia Ganado Palabra clave Sanidad animal Plagas/enfermedades Subproductos animales Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Resumen La presente Disposición tiende a la protección de la salud pública del riesgo de Encefalopatía Espongiforme Bovina que pueda derivar de los productos médicos elaborados utilizando tejidos animales o derivados de los mismos. A tal fin, adopta la categorización de riesgo de Encefalopatía Espongiforme Bovina (E.E.B.) por país, que se adjunta como anexo I. Para la liberación a plaza de los productos médicos importados destinados al consumo o semielaborados y de las materias primas, componentes o materiales de fabricación que intervengan en la elaboración de productos médicos, se requerirá la previa evaluación de la documentación que se detalla en el anexo II, además de la requerida por la normativa vigente. Texto completo Español Página web www.infoleg.gov.ar