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Disposición Nº 424/04 - Establece las condiciones generales para que los inspectores que se embarquen en los buques pesqueros desarrollen su tarea de control del cumplimiento de las normas que regulan la actividad pesquera.

País/Territorio
Argentina
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2004
Fuente
FAO, FAOLEX
Materia
Pesca
Palabra clave
Pesca marítima Cumplimiento/aplicación Infracciones/sanciones
Área geográphica
Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur
Resumen

La presente Disposición establece las condiciones generales para que los inspectores que se embarquen en los buques pesqueros desarrollen su tarea de control del cumplimiento de las normas que regulan la actividad pesquera. Todos los armadores que se dediquen a actividades de pesca por cuyas características estén obligados, según la normativa vigente, a llevar inspector a bordo deberán solicitar la asignación del mismo informando por escrito a la Dirección de Administración y Fiscalización Pesquera los datos indicados en el artículo 1º, con un mínimo de 72 horas de anticipación a la fecha estimada para la salida del buque. Los inspectores cumplirán las funciones señaladas en el artículo 4º. El incumplimiento por parte de los armadores de las obligaciones establecidas en la presente Disposición dará lugar a la aplicación de las sanciones indicadas en el artículo 13.

Texto completo
Español

Referencias - Legislación

Enmendado porr

Disposición Nº 57/2009 - Tarea de control del cumplimiento de las normas que regulan la actividad pesquera.

Legislación | Argentina | 2009

Palabra clave: Pesca marítima, Cumplimiento/aplicación

Fuente: FAO, FAOLEX