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Disposición 3-E/2017 - Establece la obligatoriedad de los establecimientos faenadores de las especies bovina y porcina de instalar y mantener en perfecta operatividad al menos un sistema Controlador Electrónico de Faena (CEF).

País/Territorio
Argentina
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2017
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Boletín Oficial Nº 33.635, 31 de mayo de 2017, pág. 39.
Materia
Ganado
Palabra clave
Bovinos Porcinos Matanza
Área geográphica
Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur
Resumen

La presente Disposición establece la obligatoriedad de los establecimientos faenadores de las especies bovina y porcina de instalar y mantener en perfecta operatividad al menos un sistema Controlador Electrónico de Faena (CEF). Los sujetos obligados podrán elegir el Controlador Electrónico de Faena (CEF), como así también el servicio técnico del mismo, dentro de un listado previamente aprobado y publicado por la Subsecretaría de Control Comercial Agropecuario del Ministerio de Agroindustria.

Texto completo
Español
Página web
www.infoleg.gov.ar