Decreto Supremo Nº 2.887 - Promueve el reciclaje de botellas de Polietileno Tereftalato Post Consumo grado alimentario (PET-PCR). País/Territorio Bolivia (Estado Plurinacional de) Tipo de documento Reglamento Fecha 2016 Fuente FAO, FAOLEX Materia Medio ambiente gen., Desechos y sustancias peligrosas Palabra clave Reciclado/reutilización Gestión de desechos Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Naciones en desarrollo sin litoral, América Latina y el Caribe, América del Sur Resumen El presente Decreto Supremo tiene por objeto promover el reciclaje de botellas de Polietileno Tereftalato Post Consumo grado alimentario (PET-PCR). Sus disposiciones se aplican a: a) las empresas que producen botellas PET para bebidas carbonatadas, gaseosas, sodas, aguas, energizantes, rehidratantes y otras bebidas similares; b) las envasadoras que utilicen botellas PET para la comercialización de bebidas carbonatadas, gaseosas, sodas, aguas, energizantes, rehidratantes y otras bebidas similares. Las empresas que producen botellas PET, deben obligatoriamente incluir en la cadena productiva material PET-PCR grado alimentario en al menos un treinta por ciento. Texto completo Español Referencias - Legislación Implementa Ley Nº 755 – Ley de gestión integral de residuos. Legislación | Bolivia (Estado Plurinacional de) | 2015 Palabra clave: Derecho a un medio ambiente limpio/sano, Control de la contaminación, Desarrollo sostenible, Responsabilidad/indemnización, Cambio climático, Derechos humanos, Legislación básica, Eliminación de desechos, Residuos domésticos, Gestión de desechos, Residuos no domésticos, Prevención de residuos, Reciclado/reutilización, Infracciones/sanciones Fuente: FAO, FAOLEX