Decreto Supremo Nº 032-2017-EM ─ Suspende la implementación del Reglamento del mercado secundario de gas natural. País/Territorio Perú Tipo de documento Reglamento Fecha 2017 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original El Peruano, 30 de septiembre de 2017. Materia Energía Palabra clave Conservación de energía/producción de energía Gas natural Comercio interior Contrato/acuerdo Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen El presente Decreto Supremo, considerando que el marco normativo relacionado con el funcionamiento del mercado secundario de gas natural en relación al Sub Sector Electricidad se encuentra en revisión, resulta razonable suspender la implementación de dichas disposiciones hasta que se cuente con una evaluación del marco normativo antes mencionado y de ser el caso se aprueben las normas correspondientes, por lo tanto se suspende hasta el 31 de diciembre de 2018 la implementación del Reglamento del mercado secundario de gas natural. Durante este plazo, las operaciones en el Mercado Secundario podrán realizarse en forma de acuerdos bilaterales. Texto completo Español Página web www.elperuano.com.pe Referencias - Legislación Enmienda Decreto Supremo Nº 046-2010-EM ─ Reglamento del mercado secundario de gas natural. Legislación | Perú | 2010 Palabra clave: Conservación de energía/producción de energía, Gas natural, Comercio interior, Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos Fuente: FAO, FAOLEX