Decreto Supremo Nº 018-2010-PRODUCE ─ Modifica el Reglamento de la Ley General de Pesca. País/Territorio Perú Tipo de documento Reglamento Fecha 2020 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original El Peruano, 24 de septiembre de 2020. Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Autorización/permiso Embarcación de pesca Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos Equipos Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen El presente Decreto Supremo, — considerando que a la fecha se cuenta con las disposiciones normativas que regulan las características técnicas que deben reunir las embarcaciones pesqueras a fin de facilitar la modernización de la flota pesquera, así como facilitar la adquisición de bienes destinados a la actividad pesquera —, deroga la Tercera Disposición Final del Reglamento de la Ley General de Pesca, la cual dispone que el Ministerio de Pesquería no otorgará autorización de incremento de flota a favor de armadores de embarcaciones usadas adquiridas en el exterior, cuando éstas se dediquen a la extracción de recursos hidrobiológicos plenamente explotados o cuando se encuentre limitado el acceso a un recurso. Texto completo Español Página web www.elperuano.com.pe Referencias - Legislación Enmienda Decreto Supremo Nº 012-2001-PE ─ Reglamento de la Ley General de Pesca. Legislación | Perú | 2001 Palabra clave: Pesca marítima, Pesca por extranjeros, Acuicultura, Autorización de pesca, Concesión, Subvención/incentivo, Registro, Institución, Infracciones/sanciones, Manejo y conservación pesquera, Investigación, Procesamiento/manipulación, Pesca artesanal, EIA, Inspección, Recopilación de datos/informes, Equipos, Pesca continental, Autorización/permiso, Contaminación de las aguas dulces, Control de la contaminación Fuente: FAO, FAOLEX