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Decreto Supremo Nº 014-2016-MINAGRI ─ Reglamento del Sistema Nacional de Gestión Forestal y de Fauna Silvestre (SINAFOR).

País/Territorio
Perú
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2016
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
El Peruano, 23 de julio de 2016.
Materia
Bosques, Especies silvestres y ecosistemas
Palabra clave
Institución Ordenación forestal/conservación de montes Servicio forestal/oficiales forestales Medidas de protección forestal Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos Política/planificación ICP-procedimiento de información y consentimiento previos Zona protegida Inspección Inventarios Protección del hábitat Fauna silvestre Flora silvestre
Área geográphica
Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste
Resumen

El presente Decreto aprueba el Reglamento del Sistema Nacional de Gestión Forestal y de Fauna Silvestre (SINAFOR), que tiene por objeto establecer mecanismos de coordinación, articulación, cooperación y colaboración entre los miembros que conforman el SINAFOR, creado mediante la Ley Forestal y de Fauna Silvestre. Son objetivos del SINAFOR: a) Asegurar y contribuir en la implementación de la Política Nacional Forestal y de Fauna Silvestre y demás políticas públicas en materia de gestión forestal y de fauna silvestre, con la participación de las entidades del Estado; b) Promover la gestión participativa del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre en beneficio de la ciudadanía y la colectividad; c) Promover un enfoque promotor del manejo forestal sostenible, socialmente inclusivo y preventivo, para invertir la tendencia de pérdida de cobertura forestal y aumentar la efectiva lucha contra la degradación y deforestación del bosque; d) Articular los planes, estrategias, programas y actividades multisectoriales y multiniveles específicas que contribuyen a la implementación de la Política Nacional Forestal y de Fauna Silvestre; e) Contar con adecuados canales de comunicación y las herramientas de gestión necesarias, a efectos que las políticas y las acciones operativas en materia de gestión del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre de la Nación, según corresponda, guarden armonía y se ejecuten oportuna y coherentemente; f) Alcanzar la interoperabilidad de los sistemas de información que tenga incidencia en los recursos forestales y de fauna silvestre a nivel nacional.

Texto completo
Español
Página web
www.elperuano.com.pe

Referencias - Legislación

Implementa

Ley Nº 29763 - Ley Forestal y de Fauna Silvestre.

Legislación | Perú | 2011

Palabra clave: Ley marco, Institución, Gobernanza, Ordenación forestal/conservación de montes, Medidas de protección forestal, Política/planificación, Concesión, Zonificación, Corte y extracción/explotación forestal, Contrato/acuerdo, Inventarios, Especies exóticas, Agroforestal, Forestación/reforestación, Productos no maderables, Investigación, Inspección, Auditoría ambiental, Normas sobre calidad ambiental, Monitoreo, Autorización/permiso, Ordenación comunitaria, Pueblos indígenas, Normas, Protección del medio ambiente, Caza/captura, Biodiversidad, Flora silvestre, Productos silvestres, Certificación, Turismo, Protección del hábitat, Protecíon de las especies, Conservación del ecosistema

Fuente: FAO, FAOLEX