Decreto Supremo Nº 013-2022-MIDAGRI - Decreto Supremo que aprueba disposiciones sobre puestos de control estratégicos a nivel nacional. País/Territorio Perú Tipo de documento Reglamento Fecha 2022 Fuente FAO, FAOLEX Materia Bosques, Especies silvestres y ecosistemas Palabra clave Derechos/cánones Madera Productos no maderables Transporte/depósito Rastreabilidad/rastreo de productos Inspección Comercio interior Productos silvestres Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen El presente Decreto Supremo aprueba los criterios para establecer puestos de control estratégico de paso obligatorio a nivel nacional e identificación de los sujetos cuya carga o mercancía debe ser controlada de manera obligatoria en dichos puestos, con la finalidad de coadyuvar al control oportuno del origen legal de los productos forestales y de fauna silvestre transportados que permita asegurar la trazabilidad. Los puestos de control estratégicos son de tránsito obligatorio para los sujetos indicados en el artículo 4 del presente Decreto Supremo. Texto completo Español Página web cdn.www.gob.pe Referencias - Legislación Implementa Decreto Legislativo Nº 1319 - Medidas para promover el comercio de productos forestales y de fauna silvestre de origen legal. Legislación | Perú | 2017 Palabra clave: Uso sostenible, Comercio internacional, Productos no maderables, Comercio interior, Madera, Rastreabilidad/rastreo de productos, Conservación del ecosistema, Recopilación de datos/informes, Acceso-a-la-información, Comercio de especies, Fauna silvestre, Flora silvestre, Productos silvestres, Ordenación/conservación Fuente: FAO, FAOLEX