Decreto Supremo Nº 011/96/AG - Zonas de protección ecológica de la región selva. País/Territorio Perú Tipo de documento Reglamento Fecha 1996 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original El Peruano, 19 de junio de 1996, pág. 141249. Materia Especies silvestres y ecosistemas Palabra clave Zona protegida Conservación del ecosistema Derechos tradicionales/derechos consuetudinarios Bosques demaniales Patrimonio cultural Protección del hábitat Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen El presente Decreto Supremo, que consta de 7 artículos, define como zonas de protección ecológica en la selva aquellas áreas geográficas que por sus especiales características ambientales protegen suelos, aguas, diversidad biológica, valores escénicos, culturales, científicos y recreativos, que sólo pueden ser sujetas de uso sostenible compatible con su naturaleza (art. 1º). En el caso que las zonas de protección ecológica de la región selva incluyan tierras ocupadas por comunidades nativas, colonos u otros pobladores, con derechos sobre los recursos, se respetarán sus derechos adquiridos (art. 3º). El artículo 6º del presente Decreto Supremo excluye del Sistema Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado (SINANPE), creado mediante el Decreto Supremo Nº 010-90-AG, del 20 de marzo de 1990, a los bosques nacionales por estar destinados a la producción permanente de madera, otros productos forestales y de fauna silvestre. Texto completo Español Referencias - Legislación Implementa Ley Nº 26505 - Ley de la inversión privada en el desarrollo de las actividades económicas en las tierras del territorio nacional y de las comunidades campesinas y nativas. Legislación | Perú | 1995 Palabra clave: Propiedad, Terrenos públicos, Propiedad común, Propiedad de extranjeros, Transferencia, Terrenos agrícolas, Tenencia de tierras, Derechos tradicionales/derechos consuetudinarios, Patrimonio cultural, Pequeños agricultores/campesinos Fuente: FAO, FAOLEX