Decreto sobre control higiénico sanitario de establecimientos productores de leche. País/Territorio Uruguay Tipo de documento Reglamento Fecha 2002 Fuente FAO, FAOLEX Materia Alimentación y nutrición Palabra clave Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Leche/productos lácteos Higiene/procedimientos sanitarios Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Resumen Todo establecimiento productor de leche con destino comercial deberá ser habilitado y estará sujeto a controles higiénicos sanitarios efectuados por la Autoridad Sanitaria Oficial. Según lo dispuesto por el presente Decreto, las empresas receptoras de leche no podrán recibir el producto de establecimientos que no hayan sido habilitados y controlados. Texto completo Español Página web www.presidencia.gub.uy