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Decreto sobre control higiénico sanitario de establecimientos productores de leche.

País/Territorio
Uruguay
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2002
Fuente
FAO, FAOLEX
Materia
Alimentación y nutrición
Palabra clave
Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Leche/productos lácteos Higiene/procedimientos sanitarios
Área geográphica
Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur
Resumen

Todo establecimiento productor de leche con destino comercial deberá ser habilitado y estará sujeto a controles higiénicos sanitarios efectuados por la Autoridad Sanitaria Oficial. Según lo dispuesto por el presente Decreto, las empresas receptoras de leche no podrán recibir el producto de establecimientos que no hayan sido habilitados y controlados.

Texto completo
Español
Página web
www.presidencia.gub.uy