Decreto sobre alimentos farináceos. País/Territorio Uruguay Tipo de documento Reglamento Fecha 2004 Fuente FAO, FAOLEX Materia Alimentación y nutrición Palabra clave Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Normas Procesamiento/manipulación Cereales/granos/arroz Toxicidad/envenenamiento Productos agrícolas Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Resumen El presente Decreto añade un artículo al Reglamento Bromatológico Nacional referido a harinas y almidones. Se establecen las normas y requisitos a ser cumplidos por la harina de cebada y el pan de cebada. El artículo 2º fija un límite máximo de tolerancia para la toxina DON. Texto completo Español Página web www.presidencia.gub.uy Referencias - Legislación Enmienda Decreto Nº 315/994 - Reglamento Bromatológico Nacional. Legislación | Uruguay | 1994 (2015) Palabra clave: Normas, Codex Alimentarius, Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos, Aditivos alimentarios, Agua potable Fuente: FAO, FAOLEX