Decreto que sustituye los artículos 7º, 8º, 9º y 10 del Decreto 849/988, Combate de incendios forestales. País/Territorio Uruguay Tipo de documento Reglamento Fecha 2002 Fuente FAO, FAOLEX Materia Bosques Palabra clave Incendios forestales Medidas de protección forestal Ordenación forestal/conservación de montes Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Resumen Los artículos 7º, 8º, 9º y 10 del Decreto 849/988, relativos a la prevención de incendios forestales, quedan reemplazados por los artículos contenidos en el presente Decreto. Todo proyecto de forestación, manejo y ordenación de bosques deberá incluir un plan de protección contra incendios forestales. Los titulares de los predios forestales podrán asociarse entre sí a efectos de la implementación conjunta de las medidas de protección contra incendios forestales. Texto completo Español Página web www.presidencia.gub.uy Referencias - Legislación Enmienda Decreto Nº 849/988 - Combate de incendios forestales. Legislación | Uruguay | 1988 Palabra clave: Incendios forestales, Medidas de protección forestal, Ordenación forestal/conservación de montes Fuente: FAO, FAOLEX