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Decreto que prohíbe las sustancias organocloradas, de conformidad con el Convenio de Estocolmo.

País/Territorio
Uruguay
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2005
Fuente
FAO, FAOLEX
Materia
Cultivos, Desechos y sustancias peligrosas
Palabra clave
Plaguicidas Sustancias peligrosas Control de la contaminación Recopilación de datos/informes Infracciones/sanciones
Área geográphica
Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur
Resumen

En virtud del presente Decreto, quedan prohibidas la introducción, producción, y utilización, bajo cualquier forma o régimen, de ciertas sustancias químicas, así como las preparaciones o formulaciones que las contengan. La prohibición abarca toda forma de uso, inlcuyendo el agropecuario, industrial, doméstico y sanitario.

Texto completo
Español
Página web
www.presidencia.gub.uy