Decreto que prohíbe las sustancias organocloradas, de conformidad con el Convenio de Estocolmo. País/Territorio Uruguay Tipo de documento Reglamento Fecha 2005 Fuente FAO, FAOLEX Materia Cultivos, Desechos y sustancias peligrosas Palabra clave Plaguicidas Sustancias peligrosas Control de la contaminación Recopilación de datos/informes Infracciones/sanciones Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Resumen En virtud del presente Decreto, quedan prohibidas la introducción, producción, y utilización, bajo cualquier forma o régimen, de ciertas sustancias químicas, así como las preparaciones o formulaciones que las contengan. La prohibición abarca toda forma de uso, inlcuyendo el agropecuario, industrial, doméstico y sanitario. Texto completo Español Página web www.presidencia.gub.uy