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Decreto que prohíbe la importación o fabricación de bromato de potasio para uso en alimentos.

País/Territorio
Uruguay
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2004
Fuente
FAO, FAOLEX
Materia
Alimentación y nutrición
Palabra clave
Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Toxicidad/envenenamiento
Área geográphica
Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur
Resumen

El presente Decreto prohíbe la importación y la fabricación de bromato de potasio con destino al uso en alimentos, incluidas las bebidas. Todo importador o fabricador de bromato de potasio con destino distinto al alimentario deberá presentar declaración jurada ante la División Productos de Salud de la Dirección General de la Salud del Ministerio de Salud Pública.

Texto completo
Español
Página web
www.presidencia.gub.uy