Decreto que prohíbe la importación o fabricación de bromato de potasio para uso en alimentos. País/Territorio Uruguay Tipo de documento Reglamento Fecha 2004 Fuente FAO, FAOLEX Materia Alimentación y nutrición Palabra clave Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Toxicidad/envenenamiento Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Resumen El presente Decreto prohíbe la importación y la fabricación de bromato de potasio con destino al uso en alimentos, incluidas las bebidas. Todo importador o fabricador de bromato de potasio con destino distinto al alimentario deberá presentar declaración jurada ante la División Productos de Salud de la Dirección General de la Salud del Ministerio de Salud Pública. Texto completo Español Página web www.presidencia.gub.uy