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Decreto por el que se establece el plan de acción inmediata para atender la emergencia por el desabasto de agua potable para uso público urbano y doméstico en los municipios afectados por baja disponibilidad en sus fuentes de abastecimiento y por sequía en el estado de nuevo león

País/Territorio
México
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2022
Fuente
FAO, FAOLEX
Materia
Agua
Palabra clave
Peligros Evaluación/manejo de riesgos Manejo de recursos hídricos Financiamiento Escasez de agua/sequía Agua potable Concesión
Área geográphica
Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Atlántico Norte, Pacífico Norte, Pacífico Nordeste
Resumen

El presente decreto tiene por objeto establecer el plan de acción inmediata para atender la emergencia por el desabasto de agua potable para uso público urbano y doméstico en los municipios afectados por baja disponibilidad en sus fuentes de abastecimiento y por sequía en el estado de Nuevo León. Como medida adicional para mitigar la emergencia, se establecerá un plan de apoyo para el abasto de agua potable a la población de los municipios afectados mediante la utilización de carrotanques, lo cual se hará en coordinación entre la Comisión Nacional del Agua y la Secretaría de la Defensa Nacional mediante el mecanismo del Plan DN-III. El gobierno Federal coordinará las acciones necesarias para el financiamiento y la ejecución de las obras de infraestructura hidráulica "Presa La Libertad" en construcción y "Acueducto Cuchillo II" que iniciará su construcción en el mes de septiembre del año en curso, las cuales se destinarán para el abastecimiento de agua potable a la zona metropolitana de Monterrey. Estas obras deben contar con recursos del gobierno estatal y del gobierno Federal.

Texto completo
Español
Página web
dof.gob.mx