Decreto Nº 960 - Establece veda biológica para el recurso anchoveta en área y período que indica. País/Territorio Chile Tipo de documento Reglamento Fecha 2006 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Diario Oficial Nº 38.538, 12 de agosto de 2006. Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Zona de pesca Protecíon de las especies Manejo y conservación pesquera Área geográphica Americas, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur, Pacífico Sudeste Resumen El presente Decreto establece una veda biológica para el recurso anchoveta en el área marítima comprendida entre el límite norte de la I Región y el límite sur de la II Región. Quedan prohibidas la captura, comercialización, transporte, procesamiento, elaboración y almacenamiento de la especie vedada y productos derivados. Texto completo Español