Decreto Nº 9/05 - Reglamento de la Ley Nº 489, Ley de pesca y acuicultura. Texto refundido. País/Territorio Nicaragua Tipo de documento Reglamento Fecha 2005 (2014) Fuente FAO, FAOLEX Fuente original La Gaceta Nº 43, 4 de marzo de 2015. Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Pesca continental Institución Registro Recopilación de datos/informes Acuicultura Marinocultura Embarcación de pesca Aparejos de pesca/métodos de pesca Volumen admisible de captura Asignación/cuota Concesión Pesca artesanal Investigación Derecho de acceso Temporadas Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos Política/planificación Autorización de pesca Área geográphica Americas, América Central Resumen El presente Decreto establece las disposiciones reglamentarias a la Ley de Pesca y Acuicultura. El Instituto Nicaragüense de la Pesca y Acuicultura (INPESCA), es la autoridad competente para su aplicación, para lo cual se establecerán las coordinaciones que sean necesarias con otras entidades del Estado, así como con las instancias de consulta definidas en el presente Reglamento. El INPESCA, tomará las medidas y decisiones institucionales que sean necesarias para garantizar el respeto a los prin Texto completo Español Página web www.asamblea.gob.ni