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Decreto Nº 898/08 - Por el cual se establece el perfil y las condiciones para el ejercicio de la dirección técnica de los establecimeintos de productos alimenticios y aditivos alimentarios para consumo humano.

País/Territorio
Paraguay
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2008
Fuente
FAO, FAOLEX
Materia
Alimentación y nutrición
Palabra clave
Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Inspección
Área geográphica
Americas, Naciones en desarrollo sin litoral, América Latina y el Caribe, América del Sur
Resumen

El presente Decreto dispone que todos los establecimientos que manipulen, elaboren, empaquen, envasen, fraccionen, importen, exporten o distribuyan productos alimenticios y aditivos alimentarios deben contar obligatoriamente, para su funcionamiento, con un Director Técnico responsable del control y cumplimiento de los sistemas de calidad e inocuidad de los alimentos que sean producidos o comercializados por los mismos. Asimismo, el Decreto fija las condiciones para el ejercicio de dicha dirección técnica.

Texto completo
Español