Decreto Nº 8.816/A - Prohíbe el empleo de palangre o línea larga como arte de pesca a embarcaciones de bandera extranjera. País/Territorio Costa Rica Tipo de documento Reglamento Fecha 1978 Fuente FAO, FAOLEX Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Aparejos de pesca/métodos de pesca Zona de protección pesquera Pesca por extranjeros Manejo y conservación pesquera Área geográphica Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste Resumen El presente Decreto, que consta de 3 artículos, prohíbe el empleo del palangre o línea larga (long line) como arte de pesca en la captura de especies con fines comerciales en las aguas jurisdiccionales de Costa Rica, desde la línea de baja mar a lo largo de sus costas hasta una distancia de 100 millas, excepto cuando sea utilizado por barcos de bandera y matrícula nacional siempre y cuando la longitud de esta arte no sea superior a los mil metros. Texto completo Español Referencias - Legislación Enmendado porr Decreto Nº 11.580/A - Reforma el Decreto Nº 8.816-A. Legislación | Costa Rica | 1980 Palabra clave: Pesca marítima, Aparejos de pesca/métodos de pesca, Manejo y conservación pesquera Fuente: FAO, FAOLEX