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Decreto Nº 87/15 - Declara de alto interés nacional la preservación de la Cuenca Alta del Rio Ozama e instruye al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, dar fiel cumplimiento a lo establecido en el Art. 122 de la Ley No. 64-00.

País/Territorio
República Dominicana
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2015
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Gaceta Oficial Nº 10.795 del 6 de mayo de 2015.
Materia
Medio ambiente gen., Bosques, Tierra y suelos, Agua, Especies silvestres y ecosistemas
Palabra clave
Cuenca/área de captación/cuenca colectora Conservación del ecosistema Contaminación de las aguas dulces Cumplimiento/aplicación Desarrollo sostenible Ordenación comunitaria Participación pública Aguas continentales Agroforestal Pastoreo Ordenación forestal/conservación de montes Manejo de tierras Institución de cuenca Control de la contaminación
Área geográphica
Americas, Caribe, América Latina y el Caribe, Atlántico Norte, Pequeños estados insulares en desarrollo
Cuenca
Ozama
Resumen

El presente Decreto declara de alto interés nacional la preservación de la Cuenca Alta del Rio Ozama e instruye al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, dar fiel cumplimiento a lo establecido en el Art. 122 de la Ley Nº 64-00, del 18 de agosto de 2000, relativo a la prohibición de desarrollar actividades agropecuarias intensivas en los suelos cuya pendiente o inclinación sobrepase, el sesenta por ciento (60%), para dar preferencia al mantenimiento de la cobertura boscosa y el desarrollo de plantaciones de cultivos permanentes en sistemas agroforestales y silvopastoriles, excluyendo en estos territorios la aplicación de las disposiciones de las leyes sobre Reforma Agraria y el establecimiento de asentamientos humanos que hagan peligrar la estabilidad de estos ecosistemas.

Texto completo
Español
Página web
www.consultoria.gov.do

Referencias - Legislación

Implementa

Ley Nº 64-00 - General sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Legislación | República Dominicana | 2000

Palabra clave: Ley marco, Protección del medio ambiente, Conservación del ecosistema, Institución, Planificación ambiental, Normas sobre calidad ambiental, Manejo de tierras, Zona protegida, Protección del hábitat, Monitoreo, EIA, Auditoría ambiental, Acceso-a-la-información, Recopilación de datos/informes, Inspección, Educación, Fortalecimiento de la capacidad, Investigación, Subvención/incentivo, Fondo especial, Sistema de alerta temprana, Normas sobre calidad del agua, Contaminación de las aguas dulces, Contaminación marina, Efluente de aguas residuales/vertido, Contaminación del suelo/calidad, Conservación de suelos/mejoramiento de suelos, Calidad del aire/contaminación del aire, Gestión de desechos, Residuos peligrosos, Sustancias peligrosas, Eliminación de desechos, Residuos domésticos, Residuos no domésticos, Contaminación acústica, Principio de cautela, Control de la contaminación, Política/planificación, Normas, Ordenación forestal/conservación de montes, Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos, Corte y extracción/explotación forestal, Restricciones para el uso, Acceso y participación en los beneficios, Derecho al agua, Desarrollo sostenible, Derechos humanos, Biodiversidad

Fuente: FAO, FAOLEX