Decreto Nº 86/004 - Norma técnica de construcción de pozos perforados para captación de agua subterránea. País/Territorio Uruguay Tipo de documento Reglamento Fecha 2004 Fuente FAO, FAOLEX Materia Agua Palabra clave Aguas subterráneas Captación de agua Perforación de pozos/pozos Autorización/permiso Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Resumen Por el presente Decreto se aprueba la reglamentación que tiene por objeto la norma técnica de construcción de pozos perforados destinados a la captación de agua subterránea. La reglamentación, cuyo texto está contenido en el artículo 1º, se compone de los siguientes capítulos: (I) Disposiciones generales; (II) Del contratista; (III) Del Técnico Competente; (IV) Especificaciones técnicas para el diseño de pozos y ejecución de obra. Para poder realizar obras de captación de aguas subterráneas es necesario contar con la previa autorización ministerial. La perforación de los pozos podrá ser ejecutada exclusivamente por empresas registradas y autorizadas por la Dirección Nacional de Hidrografía. Texto completo Español Página web www.presidencia.gub.uy Referencias - Legislación Enmendado porr Decreto que modifica el artículo 14 del Decreto Nº 86/004, Norma técnica de construcción de pozos perforados para captación de agua subterránea. Legislación | Uruguay | 2004 Palabra clave: Aguas subterráneas, Captación de agua, Perforación de pozos/pozos Fuente: FAO, FAOLEX