Decreto Nº 8 - Patente de pesca del atún. País/Territorio Panamá Tipo de documento Reglamento Fecha 1976 Fuente FAO, FAOLEX Materia Pesca Palabra clave Pesca por extranjeros Pesca marítima Autorización de pesca Cánon de pesca Manejo y conservación pesquera Autorización/permiso Área geográphica Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste, Pacífico Sudeste Resumen El artículo 3º reformado del presente Decreto establece que la patente es valida únicamente por seis meses que comenzarán a contarse a partir de la expedición de la misma. El artículo 4º reformado establece el monto de los derechos que se pagan por la patente. Mientras que el artículo 15 reformado revisa los montos de las multas. Texto completo Español Referencias - Legislación Enmienda Decreto Nº 127 - Reglamenta la pesca de atún en las aguas jurisdiccionales de la República. Legislación | Panamá | 1964 Palabra clave: Pesca por extranjeros, Pesca marítima, Recopilación de datos/informes, Registro, Embarcación de pesca, Autorización de pesca, Manejo y conservación pesquera, Autorización/permiso Fuente: FAO, FAOLEX