Decreto Nº 781 - Cuota global anual de captura para el recurso Congrio dorado en el área de aguas interiores norte. País/Territorio Chile Tipo de documento Reglamento Fecha 1997 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Diario Oficial Nº 35.951, 29 de diciembre de 1997, pág. 3. Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Asignación/cuota Zona de protección pesquera Crustáceos Capturas incidentales Manejo y conservación pesquera Animales acuáticos Área geográphica Americas, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur, Pacífico Sudeste Resumen El presente Decreto, que consta de 7 artículos, fija para el año 1998 una cuota anual de captura de Congrio dorado (Genypterus blacodes) de 300 toneladas para el área de pesca denominada aguas interiores norte, comprendida entre los paralelos 410 28,6' L.S. y 470 L.S. Dispone, además, que en el caso de que la cuota autorizada sea extraída antes del término señalado, se deberán suspender las actividades extractivas industriales o artesanales, entendiéndose que desde ese momento el recurso se encuentra en veda. Una vez completada la cuota global anual de captura del recurso, sólo se permitirá la extracción de esta especie como fauna acompañante de la pesca dirigida a otras especies demersales en un porcentaje de hasta un 20 por ciento medido en peso, por cada viaje de pesca. Texto completo Español Referencias - Legislación Enmendado porr Decreto Nº 114 - Cuota de captura para el recurso congrio dorado en el área de aguas interiores norte para período que indica. Legislación | Chile | 1998 Palabra clave: Pesca marítima, Peces marinos, Asignación/cuota, Temporadas, Zona de protección pesquera, Recopilación de datos/informes, Manejo y conservación pesquera Fuente: FAO, FAOLEX