Decreto Nº 775 - Reglamento de control de las prestaciones complementarias a los usuarios de los puntos de venta de combustibles. País/Territorio Ecuador Tipo de documento Reglamento Fecha 2011 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Registro Oficial Nº 458, 30 de mayo de 2011. Materia Energía Palabra clave Comercio interior Hidrocarburos Transporte/depósito Inspección Contrato/acuerdo Institución Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen El presente Decreto expide el Reglamento de control de las prestaciones complementarias a los usuarios de los puntos de venta de combustibles, que dispone que la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero (ARCH), será responsable por el control de los establecimientos de venta de combustibles y de servicios complementarios autorizados, tales como estaciones de servicio, depósitos industriales y/o de gasolina de pesca artesanal, orientados a la atención a sus usuarios. Texto completo Español Página web www.tribunalconstitucinoal.gov.ec